Izabella Raissa de Souza Miranda
En México, con la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 30 de noviembre de 2012, se incorporaron los términos hostigamiento y acoso sexual, de forma tal que se buscó fortalecer los principios de equidad y no discriminación, al evidenciar la existencia de este tipo de conductas que atentan contra la dignidad del trabajador. No obstante, las definiciones establecidas no son claras ni exhaustivas, lo que genera problemas al momento de identificar una conducta, en especial, relacionada con el acoso laboral. En virtud de esto, el presente trabajo de investigación tiene como propósito encontrar una definición completa del acoso laboral, así como identificar los elementos que constituyen los actos que configuran este tipo de acoso. De igual forma, se indaga sobre las acciones con las que cuenta un trabajador víctima de mobbing para defender su derecho a un trabajo digno o decente y conseguir el cese de las conductas constituyentes de acoso.
Antonio Vicente Sempere Navarro