El capítulo analiza críticamente la regulación portuguesa del trabajo en plataformas digitales, destacando las limitaciones y lagunas existentes ante las transformaciones tecnológicas. Tras exponer el concepto jurídico de contrato de trabajo en el Código del Trabajo, se abordan las recientes reformas introducidas por la “Agenda del Trabajo Digno” (Ley n.º 13/2023), resaltando la persistencia de una lógica formalista y poco adaptada a la digitalización del trabajo. Se discute la presunción de laboralidad en las plataformas digitales y la ausencia de un enfoque normativo sobre los contratos inteligentes, enfatizando las críticas doctrinales de Maria Regina Redinha acerca del desfase entre la ley y la realidad tecnológica. El texto compara también la legislación portuguesa con la nueva Directiva (UE) 2024/2831, subrayando los avances europeos en materia de protección laboral algorítmica y los desafíos pendientes, como la interoperabilidad, la reversibilidad y la auditabilidad de los algoritmos. Por último, se identifican posibilidades de integración de los contratos inteligentes en el Derecho portugués, incluso sin regulación expresa, siempre que se respeten los principios fundamentales. El capítulo concluye que la legislación portuguesa permanece anclada en modelos clásicos, debiendo avanzar hacia una regulación más abierta a la innovación tecnológica y a la protección efectiva de los trabajadores en entornos digitales.
Jesús Lahera FortezaValeriano Gómez Sánchez
Marlene I. VélezSamantha Malusin AlbanAna Eguiguren
Rosane Teresinha Carvalho PortoRodrigo Leventi GuimarãesMario Luis Gambacorta
Javier Domínguez VieraMarta Reyes GranadosCarmen Delibes Cadarso