El artículo 19 de la Convención Internacional sobre los derechos de Personas con Discapacidad recoge el “Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en comunidad”. Asimismo, el art. 49.2 de la Constitución Española dispone que “los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad”. En esta línea, nuestro Derecho de la Discapacidad desarrolla el conocido como “Principio de vida independiente”. En garantía de este derecho, las denominadas “viviendas tuteladas” se configuran como un valioso recurso habitacional para personas con deterioro cognitivo. Si bien, encontramos un desarrollo desigual del mismo, al ser los servicios sociales competencia de las Comunidades Autónomas. A través del presente trabajo, se pretende analizar la situación de este recurso, como medio de integración de personas con discapacidad intelectual, y si existe la necesidad de implementar políticas públicas dirigidas a su desarrollo.
Núria Gómez JiménezJavier Arroyo Méndez
Hilda Varela BarrazaJorge Fernández Ruíz