El Tribunal Constitucional tiene, desde su primera resolución en el año 1980, un relevante recorrido, a lo largo del cual, que ha pasado por variadas etapas políticas y económicas, ha analizado todos los derechos sociales, haciendo hoy inexcusable el análisis de su interpretación tanto por la vía del recurso de amparo como por la de la resolución de los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad. No en vano la actividad del Tribunal Constitucional tiene un valor instituyente en la organización del modelo democrático de relaciones laborales, tanto en el plano colectivo como en relación con los derechos individuales, así como en la penetración de los derechos de ciudadanía en la empresa. Por otra parte, se hace asimismo imprescindible analizar críticamente la "nueva etapa" que parece haberse abierto desde la interpretación dada a las reformas legislativas operadas a partir de 2010, en un momento de cuestionamiento de la reversibilidad de los derechos-conquistas sociales.
Rodrigo Guillermo Bustos Bottai