Los métodos alternativos de solución de conflictos determinan el procedimiento extrajudicial que permite encontrar la solución definitiva a las divergencias suscitadas entre las partes, como medio de obtener justicia; establecerán jurídicamente legalidad, motivación, ejecutabilidad y vinculación de las partes hacia lo resuelto. No siempre este acuerdo integral, podrá ser acatado por los intervinientes obligados a su cumplimiento; por lo que surge la necesidad de optimizarlos, con fines de alcanzar su plena vigencia. La formulación de garantías, consideramos, asegura la vigencia transaccional; puesto que, no es suficiente agotar con mucho éxito procedimientos y resoluciones optimas, sino generar soportes eficientes y eficaces de ejecución. El análisis jurídico de los métodos alternativos de solución de conflictos encuentra puntos de vista alentadores, conclusiones doctrinales bondadosas, reconocimientos constitucionales y legales sobre su evidente aplicabilidad; sin embargo, nuestra sociedad no ha suplantado el tradicional sometimiento de la esfera jurisdiccional, interrogándonos el porqué de su no aplicación generalizada y sus limitantes; y, quizás la mayor determinación, donde se encuentran las desventajas frente a la predominante competencia judicial. Corresponde generar una propuesta metodológica que brinde al sistema en mención, alternativas de acción eficaz, eficiente y garantista que concluyan en forma motivada, con características de sentencia pasada en última instancia o cosa juzgada con capacidad de sostenerse y ejecutarse por sí solo, sin incursionar en sede judicial.
Isbella Soledad Jiménez FigueroaRoque Javier Albuja PonceAugusto José Chasillacta Zurita
Edgar Mateo Clavijo-CalderónMarcelo Sebastián Aguilera-Crespo
Eduardo CarmignianiCarla Cepeda