La noción “transición ecológica justa” supone apartarse de un modelo productivo depredador que, con el único objetivo de lograr el mayor enriquecimiento, degrada el medioambiente y precariza a las personas trabajadoras. Implica, así, transformar la manera de producir para adoptar procesos más respetuosos con el medio ambiente y con los derechos laborales de las personas trabajadoras. En el presente trabajo se examina el concepto “transición ecológica justa”, tanto en sus bases normativas como en su significación sustantiva, efectuando un análisis de la normativa clave en materia medioambiental o con incidencia en ésta, para determinar de qué manera y en qué medida se proyecta en ella. Tras este examen, se pone de manifiesto el perfecto encaje que tiene la economía social en los postulados y exigencias de la transición ecológica justa, por lo que se destaca que, con los debidos apoyos, puede ser el motor de la transición ecológica justa.
Dayra Ibeth Cabrera MuñozLuís Ángel Meneses CerónLuis Felipe Davalos OrtizMarco Fidel Pechené Rodríguez
Rodrigo Tascón LópezMaría Martínez BarrosoNatalia Ordóñez PascuaBeatriz Agra ViforcosMiguel González IglesiasDionisio Fernández de Gatta SánchezDiego Megino FernándezFrancisco Gómez GarcíaCristina González VidalesJosé Quirós HidalgoJuan Carlos De la Cruz DomínguezPatricia Prieto PadínAna Belén Casares MarcosMaría González BustosRoberto Fernández FernándezAna Castro FrancoHenar Álvarez CuestaLidia García MartínMarcos Matías Fernando PabloJ ÁlvarezPaula Tomé DomínguezSusana Rodríguez Escanciano
Pedro Arturo Rojas ArenasAdriano Menino de Macêdo Júnior