Luis Alberto Padilla-BalarezoJosé Luis Vázquez-Calle
En el presente articulo de revision se determina si las dos sentencias emitidas en el caso de los Hermanos Isaias y caso Coopera, tuvieron la adecuada aplicacion a la Ley, con el objetivo de realizar un analisis de la fundamentacion que emiten los diferentes jueces al haber otorgado la figura de Habeas Corpus Preventivo, sin estar tipificada en la Constitucion de la Republica del Ecuador, se determina la importancia de la motivacion legal en dichas sentencias, consistente en razonamientos de hecho y de derecho, que contenga elementos criticos, logicos y de valor. A traves de un analisis realizado a las sentencias emitidas por la Corte Nacional de Justicia, determinando que no existe motivacion en la sentencia del caso Coopera, pero que a pesar de que se haya otorgado esta figura de Habeas Corpus Preventivo en este proceso, sigue sin tipificarse en la legislacion ecuatoriana, y, por lo tanto la procedencia y aplicabilidad de la misma es improcedente, que incluso se acepto el uso de esta figura in-existe en la Corte Provincial del Guayas en el caso FILANBANCO y los jueces fueron destituidos por resolucion del Consejo de la Judicatura, se recomienda que la Corte Constitucional se pronuncie al respecto de la aplicabilidad de esta figura inexistente en la legislacion ecuatoriana. Se ha utilizado el metodo inductivo deductivo, obteniendo doctrina mediante fuentes bibliograficas con el fin de tener un mejor concepto de la figura de Habeas Corpus Preventivo y su aplicabilidad en el territorio ecuatoriano, la investigacion del presente articulo de revision sera de tipo cualitativo, con lo cual se utilizo el conocido metodo dogmatico para conocer la interpretacion de la norma, la utilizacion de la misma, conceptos, y, recoleccion bibliografia del Habeas Corpus Preventivo.
E. RoblesWilson Napoleón Del Salto Pazmiño
E. RoblesWilson Napoleón Del Salto Pazmiño
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