Janeth Valeni Cabrera-JimbictiJosé Luis Vázquez-Calle
Como resultado de las violaciones a los derechos humanos, se establecieron mecanismos de reparacion integral, institucion que debian ser incorporadas por los Estados parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Fue asi que, con la vigencia de la Constitucion de 2008, el Ecuador tuvo que optar por ser un Estado garantista, estableciendo asi, la reparacion integral como el derecho que asiste a las victimas de infracciones penales, derecho que tambien fue desarrollado por el Codigo Organico Integral Penal. La presente investigacion constato la importancia de establecer limites a la cuantificacion de uno de los mecanismos de reparacion, para tener como resultado una materializacion efectiva, que supongan el cumplimiento de este derecho, por lo que se trato aspecto importantes que podrian rodear este quantum, consideraciones que podria tener el juez para establecer una indemnizacion de los danos materiales e inmateriales, partiendo desde el estudio de dos sentencias que permitieron plantear una propuesta final. Para ello, fue necesario un analisis desde la Constitucion y el Codigo Organico Integral Penal, asi mismo la revision de bibliografia, la utilizacion de metodos que permitieron concluir con exito la presente investigacion.
Édgar Joselito Arguello Saltos
Ivonne Magdalena Enríquez Palate
Luis Eduardo Aguirre ValarezoLauro Geovanny Jiménez LoaizaGabriel Yovany Suqui Romero
Victor Emilio Guilcapi Valencia