2 En este trabajo, "Teoría jurídica" ha de entenderse en sentido limitado, y se refiere a las elaboraciones teóricas abstractas acerca de la naturaleza del derecho, la naturaleza de los conceptos jurídicos particulares, el razonamiento jurídico, etc.No se refiere a las teorías intermedias usadas para defender y reconstruir áreas de doctrinas en sistemas jurídicos particulares