Analiza el autor en el presente trabajo el control de las normas nacionales de ejecucion del Derecho comunitario. Afirma que si bien los tribunales nacionales no cuentan con competencias para enjuiciar la constitucionalidad del Derecho comunitario, si la tienen para enjuiciar las normas nacionales resultado de su ejecucion. En este sentido entiende preferible la resolucion de la cuestion prejudicial con caracter previo a la cuestion de inconstitucionalidad.
Dámaso Ruiz-Jarabo y ColomerRicardo Alonso GarcíaIgnacio Borrajo Iniesta
Dionisio Fernández de Gatta Sánchez